Foro Latinoamericano de Antropología del Derecho

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GÓMEZ, Alejandra. Teleología del Derecho Penal de Menores

Tomando en consideración las diferencias cualitativas entre adultos y los menores de edad se ha erigido un Derecho Penal especializado y modalizado, para encargarse de las conductas delictivas cometidas por personas menores de edad, ello para brindar una respuesta encaminada a la reinserción social y familiar del adolescente. Si bien es cierto este Derecho utiliza las hipótesis penales planteadas en el Derecho Penal de adultos, cuenta con principios e instituciones especializadas. Los estados firmantes de la Convención sobre los Derechos del Niño se han comprometido a establecer una edad por debajo de la cual no se pueda sujetar a un menor de edad al sistema penal. Conocer las características de los menores de edad es fundamental para entender el porqué de un derecho especial, pero sobre todo para desarrollar un sistema que responsa a la finalidad de reinserción social y familiar del adolescente.

GÓMEZ, Alejandra. Marco Internacional del Derecho Penal para menores de edad. Anuario Mexicano de Derecho Internacional

Los elementos del derecho penal aplicado a los menores de edad acusados, investigados, procesados y sentenciados por la comisión de un delito, ámbito de aplicación subjetivo, adjetivo, proceso y medidas sancionadoras, varía de un país a otro, es por ello que la Organización de las Naciones Unidas, a través de las Reglas mínimas para la Administración de Justicia de Menores, la Convención sobre los Derechos del Niño, las Directrices para la Prevención de la Delincuencia Juvenil y las Reglas para la Protección de Menores Privados de Libertad ha establecido los principios mínimos, el Estado mexicano desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño inició el camino hacia la protección de los derechos humanos de los menores de edad (adolescentes).

GÓMEZ, Alejandra. La Constitución, las formas de terminación anticipadas en el proceso penal para adolescentes y los MASC

Derivado de la reforma constitucional de 18 de junio de 2008, que formaliza la implementación de mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, así como de otras formas de terminación del proceso sin la necesidad de desarrollar todas las etapas del procedimiento e incluso sin una sentencia, y con la publicación e implementación del Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, esas formas de terminación anticipada del proceso, se pueden aplicar a la justicia penal para adolescentes.

GÓMEZ, Alejandra. El derecho humano de niñas, niños y adolescentes a la participación

Las niñas, niños y adolescentes son sujetos de derechos humanos, entre los que se encuentra el derecho a la participación, directa o indirecta, en la toma de decisiones administrativas, judiciales y legislativas. Su participación debe basarse en los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, en específico, los de interés superior de la niñez y autonomía progresiva. En el presente trabajo, se realiza un análisis jurídico del derecho de participación de niñas, niños y adolescentes en las políticas públicas relativas al desarrollo urbano. En consecuencia, se revisaron dos procesos de consulta: uno realizado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México (2017) y otro por el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (2020).

GÓMEZ, Alejandra. Marco Internacional de la Justicia Penal Juvenil

Debido a las disparidad en las legislaciones en torno al régimen jurídico de personas jóvenes menores de edad acusados,  investigados, procesados y sentenciados por la comisión de un delito, la Organización de las Naciones Unidas, a través de las Reglas mínimas para la Administración de justicia de menores, la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas mínimas sobre medidas no privativas de libertad, las Directrices para la prevención de la delincuencia juvenil y las Reglas para la protección de menores privados de libertad ha establecido parámetros mínimos que sirven de base para que los estados parte creen y apliquen un sistema especializado, que garantice los derechos de las personas jóvenes menores de edad. Estos parámetros se complementan con las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño, la Convención Americana de los Derechos Humanos, así como los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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