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La presente investigación explora los sentidos políticos y los impactos de la Ley de Urgente Consideración (luc) en la justicia para adolescentes de Uru-guay. La investigación analiza el capítulo de seguridad de la luc desde el punto de vista de la sociología jurídica y las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. A su vez, se examinan las consecuencias fácticas de esta ley en el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente y en el futuro de las adolescencias detectadas por el sistema de justicia. Con este trabajo se busca tener evidencia de la dirección que recorre la política criminal del gobierno uruguayo entre 2020 y 2022.
El propósito de esta investigación es conocer y analizar los sentidos que los policías que se dedican al patrullaje en Montevideo construyen sobre las intervenciones policiales que involucran a jóvenes pobres. El trabajo fue planteado desde un abordaje metodológico cualitativo; más específicamente, la investigación fue realizada a través de entrevistas a policías. De esta forma, el trabajo presenta una novedad con respecto a los antecedentes a nivel nacional,ya que en Uruguay no existen investigaciones que aborden esta temática desde la percepción de los funcionarios policiales. La formación policial es una instancia clave de socialización de los funcionarios policiales; sin embargo, el proceso de aprendizaje de los policías excede al periodo de instrucción formal en la Escuela Nacional de Policía. Es en la praxis de su trabajo dónde incorporan algunas de las herramientas que utilizan cotidianamente. Por este motivo, para analizar las intervenciones policiales que involucran a jóvenes pobres, intentaremos conocer los saberes que ponen en juego en las mismas.
Tomando en consideración las diferencias cualitativas entre adultos y los menores de edad se ha erigido un Derecho Penal especializado y modalizado, para encargarse de las conductas delictivas cometidas por personas menores de edad, ello para brindar una respuesta encaminada a la reinserción social y familiar del adolescente. Si bien es cierto este Derecho utiliza las hipótesis penales planteadas en el Derecho Penal de adultos, cuenta con principios e instituciones especializadas. Los estados firmantes de la Convención sobre los Derechos del Niño se han comprometido a establecer una edad por debajo de la cual no se pueda sujetar a un menor de edad al sistema penal. Conocer las características de los menores de edad es fundamental para entender el porqué de un derecho especial, pero sobre todo para desarrollar un sistema que responsa a la finalidad de reinserción social y familiar del adolescente.
Los elementos del derecho penal aplicado a los menores de edad acusados, investigados, procesados y sentenciados por la comisión de un delito, ámbito de aplicación subjetivo, adjetivo, proceso y medidas sancionadoras, varía de un país a otro, es por ello que la Organización de las Naciones Unidas, a través de las Reglas mínimas para la Administración de Justicia de Menores, la Convención sobre los Derechos del Niño, las Directrices para la Prevención de la Delincuencia Juvenil y las Reglas para la Protección de Menores Privados de Libertad ha establecido los principios mínimos, el Estado mexicano desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño inició el camino hacia la protección de los derechos humanos de los menores de edad (adolescentes).
Derivado de la reforma constitucional de 18 de junio de 2008, que formaliza la implementación de mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, así como de otras formas de terminación del proceso sin la necesidad de desarrollar todas las etapas del procedimiento e incluso sin una sentencia, y con la publicación e implementación del Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, esas formas de terminación anticipada del proceso, se pueden aplicar a la justicia penal para adolescentes.